miércoles, 29 de enero de 2014

Ecuador cuenta con un moderno Código Penal para frenar a la delincuencia



Quito (Pichincha).- La Asamblea Nacional ratificó la vigencia del Código Orgánico Integral Penal y después de 75 años el país cuenta con un cuerpo legal moderno para sancionar los delitos, dar nuevas reglas a los juicios penales y mejorar la rehabilitación social. Los asambleístas se reunieron desde las 10:00 para analizar el veto parcial del Presidente, Rafael Correa, al Código. La sesión fue larga duró seis horas y en ella se escucharon los criterios de los legisladores de Alianza País y de la oposición. Al final, la mayoría legislativa acogió 68 de las 73 observaciones que hizo el Primer Mandatario y ratificó el texto original de cinco artículos.

Entre las ventajas del Código Penal está la inclusión de nuevos delitos, como sicariato, trata de personas, el femicidio y tráfico de influencias. Otro de los detalles que se expuso fue que el pueblo ecuatoriano ordenó por Consulta Popular la incorporación de cino nuevos delitos relacionados con los casinos, retención de aportaciones, no afiliación al IESS y enriquecimiento privado no justificado.

Además, cambian las normas para los juicios penales, con la intención de que el trámite sea más rápido y los casos no queden en la impunidad. Asimismo, establece la mediación, como una respuesta para no llegar a los tribunales y medidas alternativas a la prisión.
Otro de los factores positivos del Código es la reforma del sistema penitenciario, con la intención de que se cumpla una rehabilitación social efectiva de la persona que fue privada de su libertad. Y, por último, se establece las condiciones para juzgar a los menores de 18 años que violentaron la Ley.

La presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, junto con sus compañeros de Alianza País, recordó que en la Legislatura se promovió un debate y una serie de reuniones, diálogos con médicos, catedráticos y estudiantes de medicina, y  con los familiares de quienes han sufrido lesiones graves y hasta muerte por mala práctica profesional. El resultado de esas reuniones fue el texto del artículo 146, que sanciona el homicidio culposo por mala práctica médica.
Rivadeneria lamentó la posición que han tomado un grupo de médicos y ratificó que el Código no les afectará. Ella enfatizó que existe tras esta protesta algunos medios de comunicación que han descontextualizado y falseado un texto aprobado por Asamblea Nacional. Por eso, nuevamente aclaró que el artículo claramente dispone que se deben reunir tres condiciones para emprender el juzgamiento. Es decir que existan acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas.

“Estos tres condicionamientos son indispensables para que un hecho sea considerado delito por mala práctica profesional e iniciar un proceso legal, sin embargo maliciosamente se cambió la letra (e) por la (o), poniendo en consideración que cualquier médico podría ser juzgado por el incumplimiento de una de esas tres características”, dijo Rivadeniera.

Por su parte, Rossana Alvarado, hizo un llamado a los médicos para que revisen con integridad el texto del artículo 146, lo que dice el texto vigente y lo que existe en la legislación mundial. Por ejemplo Alvarado, sostuvo que el temor de los profesionales de la salud no tiene fundamento, que el artículo sobre la mala práctica profesional contempla por lo menos seis características concurrentes que deberán ser tomadas en cuenta para cualquier caso. Es decir, que deben reunirse seis condiciones para que los médicos sean llevados a un juicio penal. También recordó, que el Código ecuatoriano, incluye sanciones menores que las leyes de países de Sudamérica como Argentina, Uruguay, Perú y Colombia y que la norma nacional deja sin espacio a la especulación la sanción a los profesionales.
Mauro Andino, presidente de la Comisión de Justicia y quien lideró la redacción del Código, también cuestionó la protesta de un sector del gremio de galenos.

 Él también dijo que se debe leer integralmente todo el cuerpo legal, porque no solo el artículo 146 protege a los profesionales, sino que existe por ejemplo el 511 que dice que antes del inicio de un proceso penal, el fiscal deberá pedir el criterio de especialistas médicos. Además, en caso de que existan denuncias infundadas contra los médicos pueden ser sancionadas como maliciosas y el autor será castigado.

Luego de la votación, el Código será enviado al Registro Oficial y existe un plazo de 180 días para que todas las instituciones involucradas pongan en ejecución esta importante ley para la vida del país. CIT / El Ciudadano

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