Quito (Pichincha).- La Asamblea Nacional ratificó la vigencia del
Código Orgánico Integral Penal y después de 75 años el país cuenta con
un cuerpo legal moderno para sancionar los delitos, dar nuevas reglas a
los juicios penales y mejorar la rehabilitación social. Los
asambleístas se reunieron desde las 10:00 para analizar el veto parcial
del Presidente, Rafael Correa, al Código. La sesión fue larga duró seis
horas y en ella se escucharon los criterios de los legisladores de
Alianza País y de la oposición. Al final, la mayoría legislativa acogió
68 de las 73 observaciones que hizo el Primer Mandatario y ratificó el
texto original de cinco artículos.
Entre las ventajas del Código Penal está la inclusión de nuevos
delitos, como sicariato, trata de personas, el femicidio y tráfico de
influencias. Otro de los detalles que se expuso fue que el pueblo
ecuatoriano ordenó por Consulta Popular la incorporación de cino nuevos
delitos relacionados con los casinos, retención de aportaciones, no
afiliación al IESS y enriquecimiento privado no justificado.
Además, cambian las normas para los juicios penales, con la intención
de que el trámite sea más rápido y los casos no queden en la impunidad.
Asimismo, establece la mediación, como una respuesta para no llegar a
los tribunales y medidas alternativas a la prisión.
Otro de los factores positivos del Código es la reforma del sistema
penitenciario, con la intención de que se cumpla una rehabilitación
social efectiva de la persona que fue privada de su libertad. Y, por
último, se establece las condiciones para juzgar a los menores de 18
años que violentaron la Ley.
La presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, junto con sus
compañeros de Alianza País, recordó que en la Legislatura se promovió un
debate y una serie de reuniones, diálogos con médicos, catedráticos y
estudiantes de medicina, y con los familiares de quienes han sufrido
lesiones graves y hasta muerte por mala práctica profesional. El
resultado de esas reuniones fue el texto del artículo 146, que sanciona
el homicidio culposo por mala práctica médica.
Rivadeneria lamentó la posición que han tomado un grupo de médicos y
ratificó que el Código no les afectará. Ella enfatizó que existe tras
esta protesta algunos medios de comunicación que han descontextualizado y
falseado un texto aprobado por Asamblea Nacional. Por eso, nuevamente
aclaró que el artículo claramente dispone que se deben reunir tres
condiciones para emprender el juzgamiento. Es decir que existan acciones
innecesarias, peligrosas e ilegítimas.
“Estos tres condicionamientos son indispensables para que un hecho
sea considerado delito por mala práctica profesional e iniciar un
proceso legal, sin embargo maliciosamente se cambió la letra (e) por la
(o), poniendo en consideración que cualquier médico podría ser juzgado
por el incumplimiento de una de esas tres características”, dijo
Rivadeniera.
Por su parte, Rossana Alvarado, hizo un llamado a los médicos para
que revisen con integridad el texto del artículo 146, lo que dice el
texto vigente y lo que existe en la legislación mundial. Por ejemplo
Alvarado, sostuvo que el temor de los profesionales de la salud no tiene
fundamento, que el artículo sobre la mala práctica profesional
contempla por lo menos seis características concurrentes que deberán ser
tomadas en cuenta para cualquier caso. Es decir, que deben reunirse
seis condiciones para que los médicos sean llevados a un juicio penal.
También recordó, que el Código ecuatoriano, incluye sanciones menores
que las leyes de países de Sudamérica como Argentina, Uruguay, Perú y
Colombia y que la norma nacional deja sin espacio a la especulación la
sanción a los profesionales.
Mauro Andino, presidente de la Comisión de Justicia y quien lideró la
redacción del Código, también cuestionó la protesta de un sector del
gremio de galenos.
Él también dijo que se debe leer integralmente todo
el cuerpo legal, porque no solo el artículo 146 protege a los
profesionales, sino que existe por ejemplo el 511 que dice que antes del
inicio de un proceso penal, el fiscal deberá pedir el criterio de
especialistas médicos. Además, en caso de que existan denuncias
infundadas contra los médicos pueden ser sancionadas como maliciosas y
el autor será castigado.
Luego de la votación, el Código será enviado al Registro Oficial y
existe un plazo de 180 días para que todas las instituciones
involucradas pongan en ejecución esta importante ley para la vida del
país. CIT / El Ciudadano
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